El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,RESUELVE1°. IMPONER al RACING CLUB una MULTA de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)por la infracción al artículo 12.2 literal c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de estamulta será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en conceptode derechos de Televisión o Patrocinio.2°. IMPONER al RACING CLUB una MULTA de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)por la infracción al artículo 7.3.4.4 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2024, enconcordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multaserá debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto dederechos de Televisión o Patrocinio.3º. ADVERTIR expresamente al RACING CLUB que en caso de reiterarse cualquier infracción a ladisciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimientoserá de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y lasconsecuencias que del mismo se pudieran derivar.4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.Contra esta decisión no cabe recurso. 1j5ny

Alejandro Domínguez: “Para ser campeón tenés que tener el mejor equipo” 5f4o5b
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